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Los 3 ejes de la reforma laboral

11 de agosto de 2025

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Desde hace un par de años el ámbito laboral en México ha atravesado un proceso de transformación importante en cuanto a la relación entre patrones y colaboradores, derivado del llamado “Nuevo Modelo Laboral”.

El 1° de mayo de 2019 se publicó el Decreto por el que se reformaron diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; una reforma basada en 3 pilares:

1. Nuevo sistema de justicia laboral

La figura de la conciliación será obligatoria ante los Centros de Conciliación Laboral, antes de la presentación de la demanda. De no lograr conciliar, las partes podrán acudir a los Tribunales Laborales dependientes del Poder Judicial, con juicios orales, ágiles, modernos, expeditos y en presencia de un juez, dejando atrás las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

2. Libertad y democracia sindical

Los trabajadores podrán decidir, sin discriminación ni represalias, si desean afiliarse a un sindicato, cambiar de sindicato o no pertenecer a ninguno.

Para evitar sindicatos simulados y líderes sin representatividad, los trabajadores podrán participar en las decisiones fundamentales de su sindicato a través del voto libre, directo y secreto, en:

  • Legitimaciones de contratos colectivos de trabajo: Para demostrar a la autoridad laboral que los trabajadores conocen el contenido de su CCT y están de acuerdo, o no, con sus cláusulas.
  • Revisiones de contratos colectivos de trabajo: Se podrán llevar a cabo de manera simultánea a la legitimación o en una fecha diferente, y servirán para ratificar el contenido del CCT.
  • Modificación de directivas: Mediante convocatoria se informará de la votación y podrán inscribirse todas las plantillas de trabajadores interesadas.
  • Constancia de representatividad: Se entregará al sindicato electo por la mayoría de los trabajadores mediante voto.

3. Creación del CFCRL

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral es el nuevo organismo público descentralizado que llevará los registros de sindicatos y contratos colectivos a nivel nacional. Este organismo vigilará que se respeten los derechos sindicales y los intereses colectivos de los trabajadores, a través de procesos libres y democráticos.

Tendrá las siguientes facultades:

  • Auxiliar a sindicatos y trabajadores en la verificación de nuevos procedimientos de democracia sindical.
  • Llevar la conciliación prejudicial de competencia federal.

En su plataforma se podrán realizar el registro a nivel nacional de:

  • Organizaciones sindicales
  • Contratos colectivos de trabajo
  • Contratos-ley
  • Reglamentos interiores de trabajo y otros procedimientos relacionados

Así como el registro de la modificación de:

  • Datos generales de asociaciones sindicales
  • Padrón de miembros
  • Directiva
  • Estatutos

¿Aún tienes dudas? Contáctanos y déjanos asesorarte sobre este y más temas.

¿Qué debo pagarle a un trabajador?

En caso de rescisión del contrato

Se deberá pagar únicamente:

  • Prima de antigüedad, a partir de los 15 años de antigüedad.
  • Partes proporcionales de:
    • Aguinaldo
    • Vacaciones
    • Prima vacacional
  • Salarios vencidos o prestaciones vigentes que no hayan sido cubiertos.

La rescisión es dar por terminado el contrato de trabajo celebrado entre las partes. En el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo se encuentran los supuestos por los cuales se puede derivar la rescisión sin responsabilidad para el patrón, es decir, que si se presenta alguna de estas circunstancias el patrón podrá poner fin a la relación laboral en cualquier momento.

En caso de renuncia voluntaria

Se deberá pagar únicamente:

  • Aguinaldo
  • Vacaciones
  • Prima vacacional
  • Prima de antigüedad, a partir de los 15 años de antigüedad.
  • Prestaciones vigentes en el contrato de trabajo

¿Aún tienes dudas? Contáctanos y déjanos asesorarte sobre este y más temas.

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